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Ocupación ilegal de viviendas: claves prácticas y jurisprudencia actualizada

  • Foto del escritor: MIGUEL PEDRO MAZON BALAGUER
    MIGUEL PEDRO MAZON BALAGUER
  • hace 4 días
  • 2 Min. de lectura

La ocupación ilegal de viviendas, comúnmente conocida como “okupación”, es un fenómeno que preocupa cada vez más a propietarios, comunidades de vecinos y profesionales del derecho. En este artículo te explico de forma clara y práctica qué es la ocupación ilegal, cuáles son las vías legales para recuperar la posesión, y qué dice la jurisprudencia reciente al respecto.

¿Qué es la ocupación ilegal?

La ocupación ilegal consiste en la entrada y permanencia en una vivienda sin consentimiento del propietario y sin título jurídico que lo justifique. Se diferencia del precario, que es la posesión concedida voluntariamente pero revocable, y del alquiler sin contrato formal, que sí cuenta con un título.

¿Qué hacer si detectas una ocupación en tu vivienda?

  1. Actuar con rapidez: El tiempo es clave. Mientras más rápido se inicie el procedimiento legal, mayores son las posibilidades de recuperar la vivienda sin grandes daños.

  2. No intentar desalojar por la fuerza: La ley penaliza la violencia y la autotutela. El propietario debe acudir a la vía judicial.

  3. Denunciar la ocupación: Presentar denuncia en comisaría o cuartel de la Guardia Civil por usurpación (art. 245 del Código Penal).

  4. Iniciar procedimiento judicial: Según el caso, el procedimiento puede ser penal o civil. La vía penal es más rápida para desalojos urgentes.

Procedimientos para recuperar la vivienda

Procedimiento penal (delito de usurpación)

  • Aplicable cuando la ocupación es inmediata y sin violencia.

  • La policía puede actuar rápidamente tras la denuncia.

  • El desalojo puede ordenarse en pocas semanas.

  • Requiere que el propietario acredite la titularidad y la ausencia de consentimiento.

Procedimiento civil (desahucio por precario)

  • Procede cuando la ocupación es prolongada o existe litigio sobre la posesión.

  • Es más lento (meses o incluso años).

  • Requiere demanda y sentencia judicial para el desalojo.

Jurisprudencia reciente relevante

  • Sentencia del Tribunal Supremo 242/2023, de 15 de marzo: Confirma que la ocupación sin violencia se tipifica como delito de usurpación y que la actuación policial inmediata es compatible con los derechos constitucionales.

  • Sentencia Audiencia Provincial de Barcelona, 30 de noviembre de 2024: Reconoce el derecho del propietario a iniciar desahucio por precario ante ocupaciones prolongadas, aunque sin violencia.

  • Sentencia Tribunal Constitucional 56/2025: Afirma que el derecho a la vivienda no puede amparar ocupaciones ilegales que vulneren la propiedad privada.

Ejemplos prácticos

  • Caso A: Propietario detecta una ocupación inmediata en su vivienda habitual. Denuncia a la policía y, en menos de un mes, logra el desalojo penal gracias a la rapidez del procedimiento.

  • Caso B: Comunidad de vecinos detecta que un local comercial del edificio está ocupado ilegalmente desde hace más de un año. Inician procedimiento civil de desahucio por precario, que dura varios meses pero termina con sentencia favorable.

Consejos para propietarios y comunidades

  • Mantén actualizados los registros de la propiedad y empadronamiento.

  • Refuerza la seguridad física de las viviendas y accesos.

  • Documenta cualquier ocupación desde el primer momento.

  • Busca asesoramiento legal especializado desde el inicio.

Recuerda

La ocupación ilegal es un problema complejo que exige una respuesta rápida y jurídicamente fundamentada para proteger la propiedad y la convivencia. Conocer las vías legales y contar con asesoramiento profesional es fundamental para afrontar esta situación con éxito.

 
 
 

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© 2015. Miguel Pedro Mazón Balaguer.  Avenida Duque de Tamames, nº 14. Entlo C. 03300 Orihuela (Alicante) Teléfono +34 626135306. 

E-mail: miguelmazon@icaorihuela.com

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