La presunción de inocencia como derecho fundamental
- MIGUEL PEDRO MAZON BALAGUER
- 15 mar 2016
- 5 Min. de lectura
La "presunción de inocencia", es uno de los elementos esenciales que integran al garantismo procesal. Esta condición de derecho de la persona frente al ius puniendi del Estado ha sido tratada por los autores en el estudio del principio de inocencia y de sus repercusiones en los diversos Ć”mbitos de la justicia penal, principio que es fundamento inmediato de otros y que junto con Ć©l conforman una de los principales directrices de un moderno modelo de enjuiciamiento criminal, cual es, la garantĆa del proceso justo.
Conceptos y Significados de la Presunción de Inocencia
Luzón Cuesta seƱala que: "la presunción de inocencia es un derecho subjetivo pĆŗblico, que se ha elevado a la categorĆa de derecho humano fundamental que posee su eficacia en un doble plano: por una parte, opera en las situaciones extraprocesales y constituye el derecho a recibir la consideración y el trato de no autor o no partĆcipe en hechos de carĆ”cter delictivo o anĆ”logos a Ć©stos; por otro lado, el referido derecho opera fundamentalmente en el campo procesal, con influjo decisivo en el rĆ©gimen jurĆdico de la prueba".
Es necesario seƱalar que la presunción de inocencia representa una condición inherente a la persona que, en tanto sujeto de derecho, puede ser objeto de persecución penal por existir probabilĆsticamente la posibilidad infinitesimal de ser culpado de un delito, consecuencia que Ćŗnicamente se alcanzarĆa si y solo si se logra el grado de incertidumbre suficiente, exigido en un ordenamiento jurĆdico.
Naturaleza de la Presunción de Inocencia
La presunción de inocencia es, en primer lugar, el concepto fundamental en torno al cual se construye el modelo de proceso penal, concretamente el proceso penal de corte liberal, en el que se establecen garantĆas para el imputado.
Desde esta perspectiva, la presunción de inocencia constituye, en el Ć”mbito legislativo, un lĆmite al legislador frente a la configuración de normas penales que implican una presunción de culpabilidad y conllevan para el acusado la carga de probar su inocencia.
La presunción de inocencia tambiĆ©n puede entenderse como un postulado directamente referido al tratamiento del imputado durante el proceso penal, conforme el cual habrĆa de partirse de la idea de que el imputado es inocente y, en consecuencia, reducir al mĆnimo las medidas restrictivas de derechos del imputado durante el proceso.
La presunción de inocencia, en este sentido, puede considerarse como una regla directamente referida al juicio de hecho de la sentencia penal, con incidencia en el Ômbito probatorio, conforme a la cual la prueba completa de la culpabilidad del imputado debe ser suministrada por la acusación, imponiéndose la absolución del inculpado si la culpabilidad no queda suficientemente demostrada.
La presunción de inocencia "determina la exclusión de la presunción inversa de culpabilidad criminal de cualquier persona durante el desarrollo del proceso, por estimarse que no es culpable hasta que asà se declare en Sentencia condenatoria, al gozar, entre tanto, de una presunción "Iuris Tantum" de ausencia de culpabilidad, hasta que su conducta sea reprochada por la condena penal, apoyada en la acusación pública o privada, que aportando pruebas procesales logre su aceptación por el Juez o Tribunal, en relación a la presencia de hechos subsumibles en el tipo delictivo, haciendo responsable al sujeto pasivo del proceso"14.
Principio de Presunción de Inocencia
El principio de inocencia es un derecho fundamental para la adecuada prÔctica del Derecho Penal y su ejecución.
Es asĆ, que en su aplicación la presunción de inocencia como figura procesal y aun un poco mĆ”s importante, es decir, constitucional, configura la libertad del sujeto que permite ser libre en cuanto por actitudes comprobadas no merezca perder su libertad, como ocurre cuando una persona recibe algĆŗn tipo de sanción penal a consecuencia de una conducta adecuada a la tipificación penal, ademĆ”s de haber sido comprobada segĆŗn el procedimiento vigente para el juicio. La calidad de "ser inocente" es una figura que sólo le interesa al derecho en su aplicación.
Tomando en cuenta que la aplicación del derecho sólo le ataƱe al Estado, es Ć©ste quien va a determinar si una persona sigue siendo inocente o no, ya que serĆa una aberración decir que alguien es culpable sin que un juez lo determine, y la previa aclaración surge por la necesidad de explicar que muchas veces la sociedad comete errores aberrantes y por la opinión de la conciencia popular, la cual en la mayorĆa de los casos es sembrada por los medios de comunicación masivos, los cuales al verter comentarios acerca de asuntos jurĆdicos comenten el error de indicar que una persona es culpable, porque es el parecer que ellos tienen y segĆŗn las conclusiones que ellos sacan, las cuales no tienen obviamente ningĆŗn valor jurĆdico pero si social en ese entendido, se deduce que el imputado estarĆ” sujeto a una condena social sin haber sido condenado jurĆdicamente, por lo tanto, la persona pese a mantener el estatus jurĆdico de inocente sufrirĆ” de la condena popular.
Alcances de la Presunción de Inocencia
La presunción de inocencia constituye para unos un derecho y para otros una garantĆa y presenta tres alcances: 1) Como concepto fundamental en torno al cual se construye todo un modelo de proceso penal, en el que se mira fundamentalmente a establecer garantĆas para el imputado frente a la actuación punitiva estatal. 2) Como postulado directamente referido al tratamiento del imputado durante el proceso penal, conforme al cual habrĆa de partirse de la idea de que el inculpado es inocente. 3) La prueba completa de la culpabilidad del imputado debe ser suministrada por la acusación, imponiĆ©ndose la absolución del inculpado si la culpabilidad no queda suficientemente demostrada.
La Presunción de Inocencia como un Derecho Fundamental
La presunción de inocencia forma parte del bloque constitucional de derechos, porque estĆ” asegurado y garantizado tanto en la Convención Americana de Derechos Humanos como en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolĆticos.
El artĆculo 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, dispone que: "toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio pĆŗblico en el que se hayan asegurado todas las garantĆas necesarias para su defensa".
Por su parte, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolĆticos, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966, establece en su artĆculo 14.2 que "toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley".
Por ello, en el procedimiento penal la persona se encuentra protegida por el derecho a la presunción de inocencia y los demĆ”s derechos y garantĆas del imputado en las diversas etapas del procedimiento (investigación, imputación, medidas cautelares, juicio oral, sentencia condenatoria, derecho al recurso).